Heredar sin testamento no tiene por qué ser un problema
La ausencia de testamento o sucesión intestada no significa que no haya herencia, significa que hay que tramitar una declaración de herederos y cumplir plazos y trámites. En Eyco somos abogados expertos en herencias y testamentos y llevamos casos en toda España.
Pasos para tramitar una herencia sin testamento
Cuando no hay testamento, el reparto no se decide entre la familia: hay que tramitar una declaración de herederos ante notario antes de poder tocar nada. Somos especialistas en derecho de sucesiones y planificación sucesoria y llevamos cada herencia de forma personalizada.
Primera consulta y análisis de tu caso
Revisamos quién tiene derecho a heredar según la ley, qué documentación hace falta y qué plazos e impuestos te afectan. Sales sabiendo exactamente en qué punto estás. El coste de la consulta se descuenta del presupuesto si decides que te llevemos el caso.
Declaración de herederos ante notario
Preparamos y presentamos toda la documentación para que el notario declare quiénes sois los herederos. Reunimos la documentación necesaria (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, certificados bancarios), localizamos a los herederos que marca la ley y nos ocupamos del acta notarial.
Reparto, impuestos y adjudicación de bienes
Con la declaración lista, valoramos el caudal hereditario, repartimos la herencia, liquidamos el Impuesto de Sucesiones dentro de plazo y hacemos el cambio de titularidad de cuentas, inmuebles y demás bienes a tu nombre: una gestión integral de la herencia.
Quién hereda cuando no hay testamento
Aunque no haya testamento, la ley protege a los llamados herederos forzosos (hijos, cónyuge y padres), que tienen reconocida por el Código Civil una parte de la herencia que nadie les puede quitar. Y a falta de todos ellos, hermanos, sobrinos y parientes más lejanos.
Por ejemplo, cuando quedan viuda e hijos, los hijos heredan el grueso de los bienes y la viuda conserva el usufructo viudal sobre una parte. Parece sencillo, pero se complica en cuanto hay hijos de distintas relaciones, un cónyuge separado pero no divorciado, herederos que han fallecido o familiares ilocalizables.
Antes de repartir nada hay que dejar por escrito y de forma oficial quiénes sois los herederos. Eso es la declaración de herederos, y sin ella no se puede tocar ni una cuenta ni un inmueble.
Los plazos corren aunque no hayas empezado
El Impuesto de Sucesiones se paga en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de hasta seis meses más, pero hay que solicitarla antes de que termine el plazo y genera intereses.
En muchas comunidades los herederos directos apenas pagan este impuesto gracias a las bonificaciones (en Madrid, por ejemplo, la bonificación llega al 99% para hijos, cónyuge y padres). Pero que pagues poco o casi nada no significa que no tengas que hacer nada: la declaración sigue siendo obligatoria.
Además del Impuesto de Sucesiones, si hay vivienda o local puede haber que pagar la plusvalía municipal, otro impuesto con su propio plazo desde el fallecimiento.
Qué pasa si no haces nada
Mientras no se tramite la herencia, esos bienes siguen a nombre del fallecido. No puedes vender el piso, no puedes acceder a las cuentas, no puedes hacer nada con lo que en teoría ya es tuyo.
Y cada año que pasa suele significar más problemas: herederos que fallecen y meten a sus propios hijos en la ecuación, documentos que caducan, valores de inmuebles que cambian y recargos fiscales que se acumulan.
La buena noticia es que casi todo tiene solución, incluso herencias paradas desde hace años o con herederos repartidos por distintos países. Lo que marca la diferencia es empezar bien y con alguien que sepa exactamente qué pasos dar en cada caso.
No dejes que el plazo juegue en tu contra
Cada día que pasas sin mover la herencia es un día menos para presentar el impuesto y una complicación más. Te ofrecemos acompañamiento jurídico y personal y te ayudamos en todo el proceso para que puedas estar tranquilo. Atendemos casos en toda España, sin desplazamientos innecesarios.
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