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Gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades: una guía clara para tu empresa

David Jiménez Hontanilla
06/09/2026
12 min de lectura

Si tienes una sociedad limitada, cada mes de julio te juegas dinero. Los gastos deducibles de una sociedad limitada reducen tu base y, por tanto, lo q...

Si tienes una sociedad limitada, cada mes de julio te juegas dinero. Los gastos deducibles de una sociedad limitada reducen tu base y, por tanto, lo que pagas a Hacienda y muchas veces se pierde no por pagar de más, sino por no deducir lo que la ley te permite deducir. O al revés: por meter como gasto algo que Hacienda no admite y acabar con una inspección de Hacienda a tu empresa y un buen susto. Saber cómo pagar menos Impuesto de Sociedades no va de trucos raros, va de deducir bien todo lo que la ley permite.

En esta guía de gastos deducibles y no deducibles del Impuesto de Sociedades te explicamos qué gastos puedes deducir en el Impuesto de Sociedades, cuáles tienen truco (los que más problemas dan) y cuáles no cuela meter aunque tengas la factura. Sin tecnicismos innecesarios y con ejemplos, para que sepas exactamente por dónde pisas.

Qué es el Impuesto de Sociedades y por qué los gastos deducibles te importan tanto

El Impuesto de Sociedades es el impuesto que paga tu empresa por los beneficios que ha obtenido en el año. La idea es sencilla: cada gasto deducible reduce la base imponible del Impuesto de Sociedades y, con ella, lo que acabas pagando

Aquí está la clave: cada euro de gasto deducible que apuntas bien reduce tu base y, por tanto, lo que pagas. Por eso deducir correctamente no es "hacer trampa", es hacer bien las cosas.

El Impuesto de Sociedades para pymes tiene tipos reducidos según la facturación, así que conviene saber en qué tramo cae tu empresa.

Los tipos impositivos del Impuesto de Sociedades que se aplican en 2026, para que te sitúes:

  • Tipo general: 25%.
  • Microempresas (facturación inferior a 1 millón de euros): escala progresiva, 19% sobre los primeros 50.000 euros de base y 21% sobre el resto.
  • Empresas de reducida dimensión (facturación entre 1 y 10 millones): 23% en 2026, con una bajada gradual prevista hasta el 20% en 2029.
  • Empresas de nueva creación: 15% durante el primer ejercicio con beneficios y el siguiente.

Con estos números en la cabeza se entiende bien: si tu empresa tributa al 25%, cada 1.000 euros de gasto que dejas de deducir son 250 euros de más a Hacienda. No es poca cosa.

Los requisitos de los gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades

La AEAT solo admite un gasto como deducible en el Impuesto de Sociedades si cumple a la vez estos cuatro requisitos. Si falla uno, ya es discutible.

1. Que esté contabilizado

El gasto tiene que constar en el registro contable de la empresa, en la cuenta de pérdidas y ganancias. Lo que no aparece en tus libros, no existe para Hacienda. Así de simple.

2. Que esté justificado con factura completa

No vale un ticket. Necesitas factura con todos los datos fiscales: NIF y razón social del proveedor y de tu sociedad, base imponible, IVA y total. Los tickets (facturas simplificadas) solo se aceptan en casos muy tasados y por importes pequeños, y son una mala base para defenderte en una inspección.

Consejo práctico: pide siempre la factura con el CIF de la sociedad en el momento, antes de salir del establecimiento. Reclamarla semanas después, en gasolineras o restaurantes, suele ser misión imposible.

3. Que respete la imputación temporal (ejercicio correcto)

El gasto se deduce según el criterio del devengo, es decir, en el año en que se genera, no en el que se paga. Si una factura es de diciembre de 2026 y la pagas en enero de 2027, sigue siendo gasto de 2026.

4. Que exista correlación entre ingresos y gastos (relación con la actividad)

Este es el que más discusiones genera. El gasto tiene que estar relacionado con tu actividad económica, tiene que ser necesario para generar ingresos o mantener la estructura de la empresa. Un gasto personal disfrazado de gasto de empresa es el primer sitio donde mira Hacienda.

Principales gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades

Estos son ejemplos de gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades que, cumpliendo los cuatro requisitos de arriba, entran sin problema.

Sueldos, salarios y Seguridad Social

Los sueldos y salarios deducibles incluyen las nóminas de tus trabajadores, las cotizaciones a cargo de la empresa y las indemnizaciones... todo el coste de personal es deducible. Las cotizaciones a la Seguridad Social de la empresa son deducibles en su totalidad. Es normalmente la partida más grande de cualquier empresa.

Alquileres y suministros

El alquiler del local de la empresa es deducible al 100% si el contrato está a nombre de la sociedad. Los suministros de la empresa (luz, agua, internet, teléfono) son igualmente deducibles.

Servicios de profesionales externos

Lo que pagas a tu asesoría, a abogados, a auditores, a consultores o a cualquier profesional que trabaje para la empresa. Facturas de terceros, deducibles.

Amortizaciones

La amortización de activos es la forma de deducir poco a poco lo que compras y dura varios años. Es decir, cuando compras bienes de inversión para la empresa que duran años (ordenadores, maquinaria, mobiliario, un vehículo), no te lo deduces de golpe: lo vas deduciendo poco a poco según las tablas de amortización. La amortización en el Impuesto de Sociedades es una de las partidas donde más se afina con un buen asesoramiento.

Gastos financieros en el Impuesto de Sociedades

Los gastos financieros de la empresa, es decir, los intereses de préstamos y créditos, son deducibles. Ojo: cuando los gastos financieros netos superan el millón de euros al año existe un límite (el 30% del beneficio operativo). Por debajo de ese umbral, se deducen íntegramente.

Publicidad, marketing y formación

La inversión en dar a conocer tu empresa (publicidad, web, campañas) es deducible. Los gastos de formación del personal también son deducibles, algo que la propia ley recoge de forma expresa.

Provisiones e insolvencias

Las provisiones por gastos futuros probables y las pérdidas por insolvencias de clientes que no te pagan pueden ser deducibles, pero con condiciones estrictas: en las insolvencias, por lo general hay que esperar seis meses desde el vencimiento de la deuda. Son partidas que se pierden mucho por no llevarlas bien.

Gastos deducibles con límites o condiciones

Estos gastos se pueden deducir, pero con matices. Y es justo donde más gente se equivoca.

Dietas deducibles en el Impuesto de Sociedades

Las dietas de empresa (comidas y desplazamientos por trabajo) son deducibles si demuestras que son profesionales y no personales. Sin justificación clara del motivo profesional, Hacienda los tumba.

Gastos de vehículo de empresa deducibles

El clásico problema. Si el coche es de uso mixto (trabajo y personal), deducir el 100% del gasto es una posición que Hacienda revisa casi siempre. Tienes que poder acreditar la afectación a la actividad.

Distinto es el caso de furgonetas y vehículos industriales o comerciales: por su propia naturaleza se deducen al 100%, porque se entiende que no hay uso personal.

Y cuidado: si cedes el coche a un administrador o empleado para uso personal, eso es retribución en especie y hay que declararlo en su nómina con su retención.

Atención a clientes y comidas de trabajo

Invitar a un cliente o proveedor a comer es deducible pero estos gastos de representación tienen un límite de deducción: el 1% del importe neto de tu cifra de negocios del ejercicio. Lo que pase de ahí, no lo deduces.

Retribución de socios y administradores

La retribución del administrador de una sociedad es deducible, pero es terreno delicado y hay que tenerlo bien montado. El Tribunal Supremo ha reconocido que el sueldo del socio que presta un servicio real a la empresa es deducible, aunque no sea administrador. Pero ojo con las operaciones vinculadas: cuando la empresa contrata, alquila o presta dinero a sus propios socios o administradores, todo tiene que valorarse a precio de mercado y quedar documentado, porque es de las cosas que Hacienda más revisa.

Cestas de Navidad y detalles al personal

Las cestas de Navidad o la cena de empresa son deducibles siempre que puedas demostrar que es una costumbre habitual de la empresa (por ejemplo, aportando facturas de años anteriores). Si es la primera vez y no hay recurrencia, Hacienda lo puede discutir.

Gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades: el artículo 15 de la LIS

La ley del Impuesto de Sociedades, en su artículo 15, bloquea categorías enteras de gastos, por mucha factura que tengas

Estos son los principales gastos no deducibles del Impuesto de Sociedades, con ejemplos claros de lo que Hacienda bloquea:

  • Multas y sanciones no deducibles, penales o administrativas, y los recargos. Aunque las pague la empresa, no se deducen.
  • El propio Impuesto de Sociedades.
  • Los dividendos (la retribución a los socios por sus participaciones).
  • Donativos y liberalidades, es decir, regalar dinero o bienes sin contraprestación (con las excepciones de las atenciones a clientes y detalles al personal que ya hemos visto).
  • Gastos derivados de actuaciones ilegales (sobornos y similares).
  • Gastos con paraísos fiscales, salvo que pruebes que la operación es real.
  • Gastos personales de los socios metidos como gasto de empresa. El comodín favorito de las inspecciones.

Si tienes uno de estos gastos en tu contabilidad, hay que hacer un ajuste extracontable positivo antes de presentar. No hacerlo es pedir problemas.

El error más caro: el doble rechazo en Sociedades e IVA

Cuando un gasto no está bien justificado, Hacienda no solo te lo rechaza en el Impuesto de Sociedades: normalmente también te tumba el IVA soportado de esa misma factura.

Resultado: pagas más Sociedades, devuelves el IVA que te habías deducido, y encima llegan los intereses y, si hay mala fe, la sanción. Un gasto mal montado se convierte en tres golpes en vez de uno.

Por eso insistimos tanto en lo mismo: la factura correcta y la justificación del gasto no son burocracia, son tu blindaje.

En una empresa SL, los gastos deducibles bien llevados son tu mejor herramienta para pagar lo justo, ni un euro de más ni uno de menos. Pero la línea entre "deducible" y "problema con Hacienda" es más fina de lo que parece, sobre todo en vehículos, dietas, retribución de socios y todo lo que roza lo personal.

La buena noticia es que esto se puede planificar. Revisar tu contabilidad antes del cierre del ejercicio, ajustar bien las partidas dudosas y dejar cada gasto justificado marca la diferencia entre una declaración tranquila y un susto. Y esto vale también para el autónomo societario: los gastos deducibles de quien factura a través de su propia sociedad siguen estas mismas reglas.

En EYCO Abogados somos economistas, asesores fiscales y abogados a la vez, y llevamos desde 2005 haciendo asesoría fiscal para empresas y autónomos. Si quieres que revisemos la situación concreta de tu sociedad, el primer paso es sencillo: ponte en contacto con nosotros y reservamos una cita previa, para poder estudiar tu caso con detalle. Nuestra asesoría fiscal para pymes se ocupa de que cada gasto quede bien justificado y de que no pagues ni un euro de más.

Preguntas frecuentes sobre los gastos deducibles del Impuesto de Sociedades

¿Todos los gastos con factura son deducibles?

No. Tener la factura es solo uno de los cuatro requisitos. El gasto además tiene que estar contabilizado, imputado en el ejercicio correcto y estar relacionado con la actividad de la empresa. Y aunque cumplas todo eso, si el gasto está en la lista del artículo 15 de la LIS (multas, donativos, gastos personales de los socios...), no es deducible por mucha factura que tengas.

¿Puedo deducir el coche de mi empresa al 100%?

Solo si puedes demostrar que se usa exclusivamente para la actividad. Si el coche es de uso mixto (trabajo y vida personal), deducir el 100% es una posición que Hacienda revisa casi siempre, y lo habitual es que solo admita una parte. Las furgonetas y vehículos comerciales sí se deducen al 100%, porque por su naturaleza se entiende que no hay uso personal.

¿Son deducibles las comidas con clientes?

Sí, las atenciones a clientes y proveedores son deducibles, pero con un límite: el 1% del importe neto de tu cifra de negocios del ejercicio. Lo que supere ese porcentaje no lo puedes deducir. Y ojo, tiene que quedar claro que es una comida de trabajo, no un gasto personal.

¿Puedo deducir una factura de un año anterior que se me pasó?

Depende. La regla general es que el gasto se deduce en el ejercicio en que se devenga. Las facturas atrasadas tienen un tratamiento especial y hay que ver caso por caso si todavía estás a tiempo y cómo imputarlas correctamente, porque un error aquí puede hacer que pierdas la deducción. Es justo el tipo de detalle donde conviene que lo revise un profesional.

¿Qué pasa si Hacienda me rechaza un gasto?

Que normalmente pagas el doble. No solo te suben la cuota del Impuesto de Sociedades al eliminar ese gasto, sino que además suelen rechazarte el IVA soportado de esa misma factura. A eso se le añaden los intereses de demora y, si aprecian mala fe, una sanción. Por eso deducir bien desde el principio sale mucho más barato que corregir después.

¿Con qué modelo se presenta el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades se presenta con el modelo 200, normalmente en julio, con los datos del ejercicio anterior. Ahí es donde se reflejan tus ingresos, los gastos deducibles y los ajustes por los gastos que no admite la ley.

Escrito por

Abogado, economista y asesor fiscal · Fundador de EYCO Abogados

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