Herencias

¿Qué es la declaración de herederos?

Pedro Jiménez
15/07/2026
11 min de lectura

Fallece un familiar, empiezas a mover papeles y de repente aparece una palabra que nadie te había explicado nunca: declaración de herederos. Vas al ba...

Fallece un familiar, empiezas a mover papeles y de repente aparece una palabra que nadie te había explicado nunca: declaración de herederos. Vas al banco a por el dinero de la cuenta y te la piden. Preguntas por el piso y te vuelven a hablar de ella. Y tú piensas, con toda la razón, ¿pero qué es esto exactamente y por qué lo necesito?

Es una de las dudas más habituales que nos llegan al despacho, así que vamos a resolverla de principio a fin. Cuando termines de leer vas a saber qué es, cuándo hace falta y qué tienes por delante.

¿Testamento no Válido? Necesitarás una DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Definición de declaración de herederos

La declaración de herederos es el documento oficial que dice, con validez legal, quiénes son los herederos cuando alguien fallece sin testamento. Por eso se la conoce también como declaración de herederos sin testamento.

Funciona así: cuando alguien hace testamento, deja por escrito quién hereda. Cuando no lo hace, es la ley la que decide, pero eso hay que acreditarlo de forma oficial. Ese es el papel de la declaración de herederos. Hasta que no existe, legalmente nadie es todavía heredero, aunque seas el hijo, el cónyuge o el hermano del fallecido.

Su nombre técnico completo es declaración de herederos abintestato. Abintestato significa sin testamento. A esto también se le llama sucesión intestada, que es lo mismo dicho en lenguaje jurídico.

También la vas a ver nombrada de otras formas: certificado de heredero o acta de declaración de herederos. Es todo lo mismo.

Cuándo necesitas una declaración de herederos

La necesitas siempre que haya que tramitar una herencia sin testamento, es decir, cuando toca repartir los bienes de alguien que ha fallecido y no dejó nada escrito. En la práctica, se hace en estos casos:

  • El fallecido no hizo testamento.

  • Hizo testamento, pero es nulo o quedó sin efecto.

  • El heredero que nombraba el testamento falleció antes que él y no había sustituto.

En cuanto a si la declaración de herederos es obligatoria, en realidad no hay una multa por no hacerla, pero en la práctica sí lo es: sin ella no puedes acreditar que eres heredero, así que la herencia queda bloqueada. No puedes aceptarla, ni sacar el dinero de las cuentas, ni poner a tu nombre el piso o el coche. Es la llave que abre todo lo demás.

Mucha gente busca la declaración de herederos con testamento, pero no existe como tal. Si hay testamento válido, no hace falta: el propio testamento ya dice quién hereda, y lo que toca entonces es aceptar y repartir la herencia. La declaración solo entra cuando no hay testamento o cuando el que había quedó sin efecto.

Una duda habitual es si se puede hacer la declaración de herederos individualmente, es decir, sin que estén de acuerdo todos los herederos. Sí se puede: la puede iniciar cualquiera que tenga derecho a la herencia, aunque en el acta acabarán reconocidos todos los que la ley considere herederos, haya arrancado el trámite quien haya arrancado.

¿Dónde se hace una declaración de herederos?

Aquí hay mucha confusión, así que te lo aclaramos: hoy en día la declaración de herederos se hace siempre ante notario.

Antes, en algunos casos (por ejemplo cuando heredaban hermanos o sobrinos) había que ir al juzgado. Eso cambió con la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015. Desde entonces todas las declaraciones de herederos abintestato se tramitan en la notaría, seas quien seas el heredero. Se recoge en lo que se llama un acta de notoriedad.

No vale cualquier notario: tiene que ser el notario competente para la herencia, que es el del lugar donde vivía el fallecido, donde falleció o donde esté la mayor parte de sus bienes.

Por eso no existe un modelo de declaración de herederos que puedas descargar y rellenar tú por tu cuenta. No es un formulario: es un acta que autoriza el notario después de comprobar la documentación y el parentesco. Lo que sí puedes hacer es llevar todo bien preparado para que el trámite salga rápido y sin errores.

Quién hereda cuando no hay testamento

Cuando no hay testamento, no eliges tú quién hereda. Lo dice la ley, siguiendo lo que se llama el orden de llamamiento a la herencia. Hereda el primer grupo que exista, y si no hay nadie en ese grupo, se pasa al siguiente. En resumen:

  1. Los hijos y descendientes (los nietos, si el hijo ha fallecido).

  2. Los padres y ascendientes, si no hay hijos ni nietos.

  3. El cónyuge tiene siempre su legítima, Los hermanos y sobrinos, y demás parientes hasta cuarto grado.

  4. El Estado o la Comunidad Autónoma, si no queda ningún familiar.

Este orden tiene matices importantes en cada caso. Por ejemplo, el cónyuge tiene derechos aunque haya hijos y en una herencia sin testamento entre hermanos solo heredan ellos si el fallecido no dejó hijos, nietos, padres ni cónyuge. Si algún hermano ha fallecido, su parte pasa a los sobrinos. Aquí es justo donde conviene que alguien lo revise bien.

Qué documentos hacen falta

Para tramitar la declaración de herederos el notario te va a pedir, más o menos, esto:

  • Certificado de defunción del fallecido.

  • Certificado de Últimas Voluntades, que sale del Registro de Actos de Última Voluntad y es el que acredita si había testamento o no.

  • DNI del fallecido y de los herederos.

  • Libro de familia o certificados de nacimiento y matrimonio, para demostrar el parentesco.

  • Dos testigos que conocieran al fallecido y a la familia.

Además, la ley marca un plazo de espera de veinte días hábiles desde que se inicia el acta hasta que el notario puede cerrarla. Es un tiempo pensado para que, si alguien tuviera algo que alegar, pueda hacerlo.

Este tema del beneficio de inventario, lo veo bien, pero no tiene nada que ver con la declaración de herederos. Haría post aparte.

¿Y si la herencia tiene deudas? El beneficio de inventario

Cuando aceptas una herencia, no heredas solo los bienes. También heredas las deudas del causante, si las hay. Y aquí es donde mucha gente da un paso en falso, porque acepta sin saber lo que está firmando.

Existen dos formas de aceptar una herencia.

  • Te quedas con todo, lo bueno y lo malo, y si las deudas superan a los bienes, respondes con tu propio patrimonio. Es decir, puedes acabar pagando deudas del fallecido con tu dinero.

  • Aceptas la herencia a beneficio de inventario.

Aceptar a beneficio de inventario significa que solo respondes de las deudas hasta donde alcancen los bienes de la herencia. Si el fallecido dejó 30.000 euros en bienes y 50.000 en deudas, con el beneficio de inventario pierdes la herencia, pero no pones un euro de tu bolsillo. Sin él, esos 20.000 de diferencia te tocaría pagarlos a ti.

Por eso, cuando no sabes bien qué bienes y qué deudas hay, o sospechas que puede haber más deudas de las que parece, aceptar a beneficio de inventario es la opción prudente. Tiene sus plazos y sus formalidades, así que conviene que lo revise un abogado antes de que aceptes nada. Un error aquí puede costarte caro.

¿Y esto lo puedo hacer yo solo?

Puedes intentarlo, sí. Pero conviene que sepas una cosa: la declaración de herederos es solo el primer paso. Después vienen la partición y el reparto de la herencia, que se recoge en la escritura de partición de herencia, y sobre todo los impuestos: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y, si hay inmuebles, la plusvalía municipal.

No hay una sanción por no hacer la declaración de herederos, no te va a llegar una multa. El problema es otro: sin ella la herencia se queda bloqueada y, cuanto más tardas, más se complica todo, porque se acumulan recargos en los impuestos y pueden fallecer otros herederos por el camino.

Por eso, aunque el acta la firme el notario, lo habitual es que un [abogado de declaración de herederos](enlazar a URL transaccional) te acompañe en todo el camino: reúne la documentación, se asegura de que el reparto se ajusta a la ley y planifica la parte fiscal para que no pagues de más.

Una herencia sin testamento es de los trámites más largos y costosos que existen si no se lleva bien, porque un error acaba costando dinero. Y no es solo cuestión de dinero: es hacerlo en un momento que ya es bastante difícil de por sí por la carga emocional.

Por eso, aunque cada familia decide cómo afrontarlo, lo habitual es contar con un abogado especialista en herencias que te acompañe en todo el proceso. Alguien con experiencia en herencias sin testamento, que sepa llevar el papeleo, planificar la parte fiscal y evitar los errores que luego cuestan dinero. No es solo por comodidad: es la forma de tener tranquilidad, de proteger a tu familia y de evitar los conflictos que suelen aparecer cuando las cosas no se hacen bien desde el principio.

En Eyco llevamos herencias sin testamento en Madrid y en toda España. Si te acaba de pasar y no sabes por dónde empezar, lo más práctico es que un abogado de declaración de herederos revise tu caso concreto: cada familia es distinta y ahí es donde se evitan los errores que luego cuestan dinero.

Preguntas frecuentes sobre la declaración de herederos

¿Quién puede solicitar la declaración de herederos?

La pueden iniciar las personas que se consideren con derecho a la herencia: normalmente los hijos, el cónyuge, los padres o los hermanos del fallecido, según a quién le corresponda heredar. No hace falta que estéis todos los herederos de acuerdo para empezarla; puede impulsarla cualquiera que tenga interés legítimo. Eso sí, en el acta acabarán reconocidos todos los que la ley considere herederos, esté quien haya iniciado el trámite o no.

¿Cuánto cuesta una declaración de herederos?

os honorarios del notario están fijados por arancel, pero dependerá también de si necesitas la ayuda de un abogado y de la complejidad al recopilar la documentación, etc. . Como orientación, la parte notarial suele moverse en unos cientos de euros, pero la cifra final varía según el número de herederos y la documentación que haya que reunir. Lo más sensato es que te den un presupuesto concreto una vez visto tu caso, porque no hay dos herencias iguales.

¿Qué pasa si no se hace la declaración de herederos?

Que la herencia queda bloqueada. Sin ese documento nadie puede acreditar que es heredero, así que no se puede aceptar la herencia, ni disponer del dinero de las cuentas, ni cambiar de titularidad el piso, el coche o cualquier otro bien. Todo queda a nombre del fallecido, congelado, hasta que se tramite. No hay un plazo que te obligue a hacerla de un día para otro, pero cuanto más se retrasa, más se complica: fallecen herederos por el camino, se acumulan recargos en los impuestos y aparecen conflictos que al principio no existían.

¿Cuánto se tarda en hacer una declaración de herederos?

Entre un mes y medio y tres meses, aproximadamente, aunque depende mucho de lo rápido que se consiga la documentación. La ley obliga a esperar un plazo mínimo de veinte días hábiles desde que se abre el acta hasta que el notario puede cerrarla. A eso hay que sumarle el tiempo de reunir los certificados (defunción, últimas voluntades) y coordinar a los herederos y a los testigos. Si la familia lo tiene todo a mano, va rápido; si falta papeleo o hay que buscarlo fuera de España, se alarga.

¿La declaración de herederos es lo mismo que aceptar la herencia?

No, son cosas distintas y este es un lío muy común. La declaración de herederos solo dice quién hereda. Aceptar la herencia y repartir los bienes es el paso siguiente, y es donde entran la partición, la adjudicación de cada bien y los impuestos. Puedes tener hecha la declaración de herederos y todavía no haber aceptado ni repartido nada. Por eso conviene ver el proceso completo desde el principio, para no dar un paso pensando que ya está todo resuelto.

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