Herencias

Cómo saber si alguien tiene testamento: guía paso a paso

David Jiménez Hontanilla
06/09/2026
10 min de lectura

Cuando fallece un ser querido, entre el dolor y el papeleo aparece siempre la misma duda: cómo saber si hay testamento. Es normal. Y con ella, la sens...

Cuando fallece un ser querido, entre el dolor y el papeleo aparece siempre la misma duda: cómo saber si hay testamento. Es normal. Y con ella, la sensación de no saber por dónde empezar. Es normal. Casi nadie ha pasado por esto antes y la información oficial no siempre se entiende a la primera.

Si eres un heredero que no sabe si hay testamento, este artículo es para ti: vamos paso a paso. Existe un documento oficial que lo aclara en unos días, y aquí te explicamos qué es, cuándo puedes pedirlo, cómo se solicita y qué hacer después, tanto si hay testamento como si no. Vamos paso a paso.

Lo primero: ¿esa persona ha fallecido o sigue viva?

Puede sonar obvio, pero marca toda la diferencia.

Si la persona sigue viva, no vas a poder saber si ha hecho testamento. El testamento es un acto personal y confidencial, y solo la propia persona (o alguien con su autorización expresa) puede consultar esa información. Ni sus hijos, ni su pareja, ni nadie más tiene acceso mientras esté viva. Es una protección que establece la ley y no hay forma de saltársela.

Si la persona ha fallecido, ahí sí puedes averiguarlo, y de forma oficial. Es lo que te explicamos a continuación.

El Certificado de Actos de Última Voluntad

Este es el nombre técnico, aunque mucha gente lo conoce como "certificado de últimas voluntades". En el Ministerio de Justicia, las últimas voluntades quedan registradas en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

Lo que hace es decirte tres cosas: si la persona fallecida otorgó testamento o no, ante qué notario y en qué fecha, y si hizo varios, todos los que constan registrados (el último válido es el que se aplica).

Una aclaración importante para que no te lleves sorpresas: el certificado NO contiene el contenido del testamento. No te dice quién hereda ni qué reparto se hizo. Solo te confirma si existe testamento y en qué notaría está guardado, para que después puedas pedir una copia. Piénsalo como el mapa que te dice dónde está el tesoro, no el tesoro en sí.

Y es un trámite que no te puedes saltar: sin él, los notarios no pueden expedir copia del testamento, los bancos no liberan fondos y los registros de la propiedad no inscriben bienes heredados. Es, literalmente, el primer paso de cualquier herencia.

¿Cuándo se puede pedir?

Para solicitar el certificado de últimas voluntades hay que respetar un plazo. No puedes pedirlo el día después del fallecimiento.

La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Hábiles significa sin contar sábados, domingos ni festivos. ¿Por qué esa espera? Porque el Registro necesita ese tiempo para recibir la información del Registro Civil. Si lo pides antes, la solicitud se rechaza y tienes que empezar de nuevo, perdiendo tiempo.

Sobre el otro extremo, tranquilidad: no hay un plazo máximo legal para solicitarlo, pero conviene hacerlo dentro del primer mes para no comprometer el plazo de 6 meses del Impuesto de Sucesiones. Ese impuesto tiene fecha límite, así que cuanto antes te pongas, más margen tendrás.

Qué necesitas para solicitarlo

La lista es corta:

1. El impreso oficial, modelo 790 de últimas voluntades (código 006). Se descarga en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Ojo con un detalle: el modelo 790 se debe descargar cada vez que se quiera realizar un trámite, porque lleva asociado un número de justificante que se genera al descargarlo. No sirve reutilizar uno viejo.

2. El certificado literal de defunción, que expide el Registro Civil del lugar donde ocurrió el fallecimiento. Hay una excepción práctica: si el fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un Juzgado de Paz, puedes hacer la solicitud de forma telemática sin necesidad de aportar el certificado de defunción.

3. El justificante del pago de la tasa. La tasa es de 3,86 euros y es la misma cualquiera que sea la vía elegida. Es un importe simbólico comparado con lo que hay en juego en una herencia.

Cómo pedirlo: las tres vías

Puedes elegir la que más te convenga:

  • Online (la más rápida). Puedes solicitar el certificado de últimas voluntades online desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Una vez expedido, podrás descargar el certificado de últimas voluntades sin moverte de casa.
  • Presencial. En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, en algunas comunidades, en oficinas autorizadas. Llevas el Modelo 790 sellado por el banco, el certificado de defunción y tu identificación.
  • Por correo. Enviando la documentación al Registro General de Actos de Última Voluntad (Plaza Jacinto Benavente 3, 28012 Madrid). Es la vía más lenta por la gestión postal.

En condiciones normales, el certificado se expide en un plazo aproximado de 3 a 10 días hábiles desde que se recibe la solicitud correctamente presentada.

Ya tengo el certificado, ¿y ahora cómo consigo el testamento?

El certificado te dice quién es el notario que otorgó el testamento, pero no te lo entrega. Para obtenerlo hay que dar un paso más.

Tienes que acudir (o que vaya tu abogado con poder) a esa notaría con el certificado de últimas voluntades, el certificado de defunción, tu DNI y algún documento que acredite que eres heredero, como el libro de familia o el certificado de matrimonio. El notario te entregará una copia autorizada del testamento, con un coste aproximado de 30 a 60 euros.

Con esa copia en la mano ya conoces la voluntad del fallecido y puedes empezar a tramitar la herencia de verdad.

¿Qué tipos de testamento existen?

Antes de seguir, conviene saber que no todos los testamentos son iguales. Los tipos de testamento más habituales son dos.

  • El testamento abierto es el más común: se firma ante notario, que da fe de su contenido y lo guarda, por eso queda registrado y es tan fácil de localizar.
  • El testamento ológrafo es el que la persona escribe de su puño y letra, sin notario; es válido, pero luego hay que protocolizarlo ante un juez o notario para que surta efecto, y es más fácil que se pierda o se impugne.

Si el fallecido hizo testamento abierto, el certificado de últimas voluntades te dirá en qué notaría está.

¿Qué pasa si no hay testamento?

No pasa nada, tramitar una herencia sin testamento es más habitual de lo que crees. Cuando alguien fallece sin testamento, la ley decide quién hereda a través de lo que se llama sucesión intestada o herencia intestada.

En ese caso, el paso siguiente es tramitar una declaración de herederos, que determina de forma oficial quiénes son los herederos según el grado de parentesco.

La declaración de herederos abintestato (que es el nombre técnico cuando no hay testamento) se firma ante notario y su precio ronda los 200 a 300 euros, según la notaría y el número de herederos. Una vez firmada, puedes solicitar una copia de la declaración de herederos online o pedírsela directamente a la notaría, y con ella ya acreditas quién hereda para seguir con el resto de trámites. Una vez determinados los herederos, se procede al reparto de bienes sin testamento según lo que marca la ley.

No es un callejón sin salida, simplemente es otro camino. Lo importante es hacerlo bien desde el principio, porque un error aquí se arrastra a todo lo demás.

No te olvides del certificado de seguros de vida

Este trámite se pierde muchísima gente, y puede suponer dinero que ni sabías que existía.

Junto con el de últimas voluntades puedes pedir el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Puede sacar a la luz pólizas de vida que la familia desconocía. Muchas personas tienen un seguro de vida asociado a una hipoteca, a una tarjeta o al banco, y sus familiares nunca llegan a cobrarlo simplemente porque no sabían que existía.

Se solicita con el mismo Modelo 790 y merece muchísimo la pena revisarlo. Es dinero que corresponde a los herederos.

En EYCO somos abogados de herencias en Madrid y llevamos más de 20 años dedicados a esto. Nuestro trabajo es darte tranquilidad en la gestión de la herencia y acompañarte en todos los trámites de principio a fin. Hacemos una gestión integral de la herencia: nos ocupamos del certificado, la copia del testamento, la declaración de herederos si no la hubiera, el Impuesto de Sucesiones y el reparto. Así simplificamos el proceso de herencia y ayudamos a evitar conflictos entre herederos, porque cuando todo se hace bien desde el principio, la familia se ahorra disgustos.

Si estás en este momento y no sabes por dónde empezar, escríbenos y te lo ponemos fácil. Nos encargamos de lo complicado para que tú puedas centrarte en lo que importa.

Preguntas frecuentes sobre cómo saber si alguien tiene testamento

¿Se puede saber si una persona viva ha hecho testamento?

No. Mientras la persona está viva, su testamento es confidencial y solo puede consultarlo ella misma o alguien con su autorización expresa. Ni los hijos, ni la pareja, ni ningún familiar tienen acceso a esa información. La existencia de un testamento solo se puede averiguar una vez la persona ha fallecido, a través del Certificado de Actos de Última Voluntad.

¿Cuánto cuesta saber si alguien dejó testamento?

El precio del certificado de últimas voluntades es muy bajo: la tasa es de 3,86 euros en 2026, la misma tanto si lo pides online como presencial o por correo. A eso hay que sumarle, más adelante, la copia del testamento en la notaría, que suele costar entre 30 y 60 euros. Como ves, saber si hay testamento cuesta muy poco: lo que de verdad requiere cuidado es tramitar bien toda la herencia después.

¿Cuánto tarda en llegar el certificado?

Aquí hay que contar dos tiempos. Primero, la espera obligatoria: no se puede solicitar hasta que hayan pasado 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Y después, la tramitación: una vez presentada la solicitud correctamente, el certificado se expide en un plazo aproximado de 3 a 10 días hábiles. Si lo pides por internet suele ir más rápido; por correo, algo más lento por la gestión postal.

¿Qué pasa si la persona hizo varios testamentos?

No es ningún problema. Una persona puede hacer todos los testamentos que quiera a lo largo de su vida, y cada uno nuevo anula al anterior. El certificado te muestra todos los que constan registrados, pero el único válido es el último. Ese es el que se aplica y del que tendrás que pedir copia al notario para tramitar la herencia.

¿Puedo pedir el certificado si no soy familiar directo del fallecido?

Sí. Puede solicitarlo cualquier persona, siempre que presente los documentos requeridos (básicamente el certificado de defunción y el impreso con la tasa pagada). Otra cosa distinta es obtener después la copia del testamento en la notaría: para eso sí tendrás que acreditar que tienes un interés legítimo, normalmente por tu condición de heredero. Si tienes dudas sobre si te corresponde o no, es justo el tipo de cosa que revisamos contigo en la consulta

¿Cómo saber si una persona tiene testamento?

Solo puedes averiguarlo una vez ha fallecido, a través del Certificado de Actos de Última Voluntad. Mientras la persona vive, esa información es confidencial y nadie más puede consultarla.

Escrito por

Abogado, economista y asesor fiscal · Fundador de EYCO Abogados

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